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Doble instancia

Publicado por Hilda

Doble instanciaLa doble instancia judicial es una garantía para los litigantes. Este sistema sobre todo fue puesto en práctica luego de la Revolución Francesa, para un efectivo control sobre las decisiones de los jueces, ya que salvo los casos expresamente previstos por la ley, las contiendas judiciales son susceptibles de revisión por una instancia superior en jerarquía. Este convencimiento hace a la política jurídica y es de raigambre sociológico, ya que si bien puede menguar la posibilidad de error no la descarta totalmente, pues la instancia superior también puede equivocarse, además de producir como aspecto negativo una dilación de la resolución de las causas.

Doctrinarios como Couture defienden esta posibilidad de obtener una posibilidad de impugnación ante otra instancia superior en jerarquía, como aliada de la libertad y del derecho a ser oído en su objeción o protesta por el litigante vencido.

Cappelletti por el contrario sostiene la conveniencia de una única instancia sobre cuestiones de hecho, debiendo ésta ser oral y con libre valoración de las pruebas.

Se sostiene que una instancia única podría darle al juez una gran facultad discrecional y por ende, podría caerse en el autoritarismo, a lo que Calamandrei opone que sólo existe autoritarismo cuando no es el pueblo el que dicta las leyes, por medio de sus representantes, pues son esas leyes y no el arbitrio del juez las que deben decidir las causas.

Sin embargo, aunque cuando se acepte la pluralidad de instancias, debe seguir considerándose el proceso, como único e inescindible.

El Pacto de San José de Costa Rica en su artículo 8 inciso 2 h, garantiza a todo inculpado de delito el derecho de recurrir ante un juez o tribunal superior en jerarquía del fallo que lo perjudique.