Dividendos a cuenta
Los dividendos de una sociedad mercantil son los beneficios que produce la sociedad y que son objeto de reparto entre los socios, proporcionalmente a sus aportes, o según lo determine el contrato social. Los dividendos se abonan al término de cada ejercicio anual, sobre las utilidades líquidas realizadas, y no comprometidas en el pago de deudas. Forman parte del pasivo del balance social. Además, se requiere la aprobación de la Asamblea de Accionistas. Si hubiera deudas no habría liquidez, y por lo tanto los accionistas no podrían recibir dividendos.
Se denominan dividendos a cuenta aquellos que se reparten antes de cerrarse el ejercicio anual, y por eso no son aceptados en algunos países como Argentina, ni legislativa ni jurisprudencialmente. Si se pagan antes del vencimiento, en forma provisional, y luego el ejercicio anual arrojara déficit, se habría producido un pago indebido. Es una medida de política empresarial para estimular a los accionistas, que supone un adelanto parcial de beneficios que se hace dos, tres o cuatro veces al año, por ejemplo, para no tener que esperar hasta el cierre del ejercicio anual, pero cuyo uso supone un riesgo para los acreedores sociales, y por lo tanto de aceptarse, debe hacerse tomándose muchos recaudos, pues la estimación del beneficio a obtenerse no siempre coincide con el real.
En España, se acepta el reparto a cuenta de los dividendos, entregándose el resto (los dividendos complementarios, que son los que resultan del total de beneficios obtenidos menos los dividendos a cuenta) luego de su aprobación por la Junta General de Accionistas.