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Derecho a la igualdad

Publicado por Hilda

Derecho a la igualdadEs fácil de asumir que las personas son todas diferentes, ya que cada una es un ser único e irrepetible como tal, con sus rasgos físicos y psíquicos diferenciados, aptitudes, cultura y condiciones de vida, y eso hace al enriquecimiento de la raza humana.

De la igualdad de que aquí se trata es de la igualdad ante la ley, que implica el rol activo del Estado de asegurar a cada persona el mismo acceso a los derechos que los demás.

La lucha por la igualdad apareció con los revolucionarios franceses del siglo XVIII, cuyo lema de lucha era la igualdad, junto a la libertad y la fraternidad, bregando porque se acabaran los privilegios de algunas clases (nobleza) sobre todo en cuanto al pago de impuestos se refiere.

Este derecho fue reconocido entre los principales derechos humanos naturales, ya que todas las personas nacen iguales en derechos por la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, dictada en Francia. en 1789. Esto fue reiterado por la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 en su primer artículo.

La igualdad significa que para la ley todas las personas son idénticas, y ninguna puede tener trato preferencial basado en su condición socio-económica, política, religión, raza, credo, etcétera. Sin embargo, en ciertas situaciones, la ley puede proteger a la parte más débil de la sociedad, para que equilibre su condición con otros, como cuando por ejemplo, entrega a alumnos sin recursos económicos, becas para que continúen sus estudios, o cuando protege al más desfavorecido en una situación jurídica como ocurre con el trabajador o el consumidor.

El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1976, establece en su artículo 14 que son iguales todas las personas ante los tribunales y cortes de justicia. El artículo 26 del mismo documento proclama la igualdad para todos ante la ley, y sin discriminación, tienen derecho a exigir su protección.

A nivel nacional, la igualdad ante la ley está consagrada en el artículo 16 de la Constitución de la Nación Argentina, que no admite en esta nación prerrogativas de sangre, ni títulos nobiliarios, ni privilegio alguno por nacimiento. La igualdad ante la ley rige para todos, y lo único que ha de tenerse en cuenta para los empleos es la idoneidad. Para la determinación de los impuestos y cargas públicas también rige la igualdad, que no significa que todos paguen lo mismo, sino que paguen más, los que más tienen.

En Colombia, la igualdad ante la ley está consagrada en el artículo 13 de su Constitución Nacional, establece la igualdad de todas las personas, con la misma protección del estado que se asegurará que sea real y efectiva.

El artículo 1 de la Constitución de México prohíbe toda forma de discriminación. El artículo 2 consagra la igualdad de oportunidades para los aborígenes. El artículo 4 declara la igualdad entre hombres y mujeres. El artículo 32 establece una preferencia hacia los ciudadanos por sobre los extranjeros, en iguales circunstancias, al acceder a un empleo.