Diferencia entre negocio jurídico y contrato
La relación existente entre negocio jurídico y contrato es de género a especie, como la que existe entre acto jurídico y negocio jurídico.
El negocio jurídico es una terminología que se emplea en ciertos países que siguen la tradición alemana (Alemania, Italia y España) haciendo una diferenciación con el acto jurídico.
El jurista español José Puig Brutau (1909-2003) afirmó que en los actos jurídicos, aunque exista voluntad de las partes, los efectos están determinados por obra de la ley, mientras que en el negocio jurídico son el o los sujetos que intervienen en la celebración los que establecen los efectos. El jurista argentino Carlos Ernesto Ambrosioni caracteriza al negocio jurídico como el modo de solucionar un conflicto económico de intereses en base a la voluntad libre de los interesados. En Argentina se habla de actos jurídicos no de negocios jurídicos, siguiendo la tradición francesa, aunque se los toma como términos sinónimos, considerando tal denominación como comprensiva de todos los actos humanos voluntarios lícitos productores de efectos jurídicos, constituyendo la base legal de relaciones jurídicas.
O sea que en los actos jurídicos hay menor autonomía de la voluntad, ya que es la ley la que establece las consecuencias jurídicas que el acto posee. Si bien en la Antigua Roma, sobre todo en los primeros tiempos donde predominó el rigorismo formal cabía poco lugar para la voluntad libre y por eso la mayoría eran actos jurídicos, los juristas romanos emplearon el término negocio, palabra formada por el prefijo negativo “nec” y por “otium” = “ocio” (la antítesis del ocio) designando a lo que representa un valor económico, una utilidad. Así el jurista Paulo dice en el Digesto, Libro XII Título VI, fragmento 17 hablando del comodato: “porque se hace recíprocamente el negocio”. Sin embargo a pesar de usar la expresión no elaboraron una teoría general del negocio jurídico, lo que realizó la escuela pandectística alemana, tomando como base el Corpus Iuris del emperador Justiniano.
Por ello, el contrato como acuerdo voluntario es un negocio jurídico, pero hay otros negocios jurídicos que no son contratos. Los negocios jurídicos unilaterales como el testamento son negocios jurídicos no contractuales, pues se perfeccionan con una sola declaración de voluntad mientras que en el contrato se necesitan dos o más. Los negocios jurídicos pueden ser mortis causa (testamento) los contratos siempre son inter vivos.