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La demanda civil

Publicado por Hilda

Demanda civilCuando una persona demanda civilmente, debe manifestar al Juez su voluntad de que se le declare un derecho subjetivo que le corresponde legalmente (juicios voluntarios) como por ejemplo en una sucesión, o que se le reconozca su derecho, cuando es desconocido por la parte a la que se demanda, por ejemplo un juicio por cobro de deuda.

Quien demanda civilmente es siempre un particular, por lo cual no puede presentarse una demanda civil de oficio.

La demanda que inicia el proceso debe presentarse con tantas copias como demandados hayan.

Debe dirigirse al Juez o Tribunal correspondiente, identificándose el actor (quien demanda) con su nombre y apellido, si se trata de persona física, o los datos respectivos si es persona jurídica. En el caso de personas físicas se debe añadir los datos de domicilio y documento de identidad. Se debe constituir domicilio procesal

Toda demanda debe presentarse con asistencia jurídica. El abogado puede actuar como letrado patrocinante, en cuyo caso se pondrá su nombre y sus datos de inscripción en la matrícula, a continuación de los de su cliente (Juan Pérez, DNI: …, con domicilio …, con el patrocinio letrado del Dr…). Si el abogado actúa como apoderado, iniciará él, el escrito de demanda y a continuación colocará los datos de su cliente (Dr….apoderado del Sr…) En este caso se debe acompañar copia del poder correspondiente.

Luego de la presentación se cuentan los hechos, y se acompañan o se ofrecen las correspondientes pruebas. A posteriori se alega el derecho, o sea las normas jurídicas en las cuales se asienta la pretensión, invocando además, la doctrina y jurisprudencia que lo avalan.

Por último se expresa el petitorio (“Por lo expuesto solicito:”) donde se resume la pretensión del actor, a lo que se limitará el Juez al decidir la controversia. Contiene la solicitud de ser tenido como parte, de que se reconozca el domicilio constituido, se dé traslado al o a los demandados, se produzca la prueba solicitada, y en consecuencia se dicte Sentencia haciendo lugar al pedido. Se concluye en general con la fórmula: “Proveer de conformidad. Será justicia” y se firma por el actor o los actores, o el apoderado, en su caso.