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La violencia

Publicado por Hilda

violenciaComo vicio de la voluntad de los actos jurídicos, la violencia es la fuerza física que obliga materialmente a otra persona a realizar el negocio jurídico (vis absoluta) y anula el acto, como por ejemplo si alguien le apunta a otro con un revólver para que firme. El art. 936 del C. C. argentino considera este caso como carente de libertad.

La amenaza de sufrir un daño grave o inminente en su persona o en la de sus allegados (vis compulsiva) se llama violencia moral, o intimidación, como cuando alguien consiente en celebrar un negocio por miedo, pues sino lo matarán a él, o a algún familiar en unos días. El art. 937 es preciso, estableciendo que el mal debe ser grave e inminente (no sería tal si se le dijera: “si no celebras el negocio jurídico, en 20 años te mato). Debe afectar a la persona, como en el caso indicado de una amenaza de muerte o de lesiones graves, a la libertad, como si alguien amenaza a otro con secuestrarlo, a la honra, por ejemplo, publicar algo que afecte a su intimidad, o a sus bienes, por ejemplo, que se apropiarán de alguna pertenencia valiosa. Si no recae la amenaza sobre el manifestante mismo, para que invalide el acto debe recaer sobre su cónyuge, su ascendencia o descendencia. Por supuesto esto no obsta a que incluya a otras personas cercanas en parentesco a afecto, como hermanos o amigos íntimos.

En la época clásica romana, se distinguía entre estos dos casos, considerándose que en el primero no había existido voluntad y en el segundo no invalidaba el acto, otorgándose defensas similares a las otorgadas por el dolo.

En la actualidad, la violencia en el ámbito jurídico se ha vuelto un tema de gran relevancia. La violencia física y moral no solo afecta a la persona que la sufre, sino que también tiene un impacto en la sociedad en su conjunto. Esta violencia puede manifestarse de diversas formas, desde la violencia doméstica hasta la violencia institucional. En este sentido, es fundamental que los profesionales del derecho estén preparados para identificar y combatir estas formas de violencia.

La violencia física, por ejemplo, puede ser evidente en casos de maltrato, pero también puede ser más sutil, como en el caso de la coacción. La violencia moral, por otro lado, puede ser más difícil de identificar, ya que a menudo implica amenazas o manipulaciones psicológicas. Ambas formas de violencia pueden tener un impacto significativo en la voluntad de una persona y, por lo tanto, en la validez de los actos jurídicos.

Actualmente también se realiza una distinción entre la violencia física, que anula el acto y la intimidación en la que hay que resolverlo según las circunstancias particulares del caso. La violencia puede ser ejercida por una de las partes o por un tercero (art. 941). El código de Austria en este caso solo anula el acto si el tercero actuó a sabiendas de una de las partes.

Además, es importante destacar que la violencia no solo puede ser ejercida por individuos, sino también por instituciones. La violencia institucional puede manifestarse de diversas formas, como la discriminación, la exclusión o el abuso de poder. Esta forma de violencia puede ser particularmente perjudicial, ya que puede ser sistemática y afectar a grupos enteros de personas. Por lo tanto, es esencial que los profesionales del derecho estén preparados para identificar y combatir esta forma de violencia.