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Deberes de los hijos

Publicado por Hilda

Deberes de los hijosMucho se habla de los derechos del niño, pero educar en derechos es también hablar de deberes, obligaciones y responsabilidades. Los padres tienen muchos deberes para con sus hijos derivados de la patria potestad, pero ésta también les acuerda derechos y por consiguiente, obligaciones a los hijos.

Los hijos deben a sus padres respeto y obediencia. Este es un deber derivado de una norma moral y es también consagrado por normas religiosas, constituyendo el cuarto mandamiento: “Honrarás a tus padres”.

La legislación, haciéndose eco de esta normativa moral y religiosa le dio el carácter de norma jurídica. El artículo 266 del C.C. argentino establece este deber de obediencia y respeto, a lo que añade la obligación de cuidarlos (a padres y otros ascendientes) en su ancianidad, demencia o enfermedad, y en caso de necesidad, aún cuando se trate de hijos emancipados. Esta asistencia moral se complementa con las normas sobre cuotas alimentarias que los parientes directos se deben de por vida, en caso de necesidad.

El deber de respeto y obediencia, comprende además, mientras se hallen sujetos a la patria potestad (en argentina hasta los 21 años) el de habitar en la casa paterna o donde los padres los hayan alojado, pudiendo requerirse a las autoridades públicas que los restituyan. No pueden tampoco ingresar a las milicias, ni a comunidades religiosas, ni obligarse de otro modo, ni ejercer industria, oficio o profesión separada, si no cuentan con la autorización de sus padres (Arts. 275 y 276 C.C.)

Los padres pueden requerir de sus hijos, según el artículo 277, que les presten servicios en forma gratuita (por supuesto de acuerdo con la edad del hijo, que no perjudiquen su desarrollo ni afecten sus estudios). Sería por ejemplo, hacer algún mandado cercano, limpiar alguna habitación, tender las camas, etcétera. De ningún modo podría implicar mandarlos a pedir limosna o realizar trabajos para terceros.

Es bueno que los hijos comprendan que tener obligaciones no significa de ninguna manera una carga, sino un modo de retribución por los derechos que se les otorgan, y realizar pequeñas tareas, aceptar ciertas imposiciones y límites, les ayudará a asumir las responsabilidades en todos los ámbitos de la vida, cuando quienes no integran el círculo íntimo de protección de este ser humano en formación, no sean tan benignos a la hora de responsabilizarlos por sus actos.

Por supuesto, sabemos que en muchos hogares estos deberes les son impuestos a los niños con exceso, recibiendo castigos que van mucho más allá de una leve corrección, o son obligados a hacer tareas que exceden las posibilidades de su edad, o les son inapropiadas física o moralmente; o el respeto les es impuesto de manera coercitiva, cuando debe ser exigido desde la prudencia, el respeto y el ejemplo. Es aquí donde deberían aplicarse los derechos del niño, para colocar en su justa medida derechos y obligaciones.

El gran problema es que tanto los derechos como los deberes del niño se desenvuelven en el ámbito privado y es difícil para el Estado tomar conocimiento y por consiguiente, intervención en los excesos.