Actos de Estado
Si bien en general se identifican los actos de Estado con los actos de gobierno, entre ellos existen diferencias.
Los actos de Estado son aquellos en los que se expresa la actuación política del grupo total organizado en la estructura estatal, como unificación del centro de poder estatal y actuar popular. Es único el poder del Estado, pues es también único su fin, aunque luego se ramifique en distintas funciones, cumplidas por distintos poderes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial). El gobierno no tiene el poder del Estado ni se identifica con el Estado mismo, sino que actúa por él, ejerciendo sus funciones para lograr sus objetivos. El gobierno es “poder en el Estado”.
Implica el poder del Estado una energía o capacidad para actuar, siendo característica de los actos de Estado, ser aquellos en los que decide el todo de la organización. No son actos personales de ciertas autoridades en ejercicio de los poderes del Estado, como ocurre en los actos de gobierno, sino actos políticos, producto de una actuación orgánica y ajustada al Derecho del grupo total organizado. Consisten en organizar, ordenar, establecer la institución y actuar la Constitución. Son ejemplos de actos de Estado, el establecimiento y reforma de la Constitución y su interpretación. Son actos duraderos, preestatales, infraestatales o interestatales, que irán conformando la vida histórica y social de ese Estado.
Los actos de Estado involucran asuntos tan transcendentes que escapan a un poder específico del mismo, para ser necesario decisiones de todo el conjunto de ellos y del pueblo. Son las llamadas “cuestiones de Estado”.