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9
Feb

Accidentes de transporte

Publicado por Hilda el 9 de Febrero de 2010 a las 03:56 pm

El artículo 1109 del Código Civil argentino, obliga a todo el que ocasiona un daño a repararlo, si se debió a su culpa o negligencia, mientras que el artículo 1113, extiende la responsabilidad a los hechos de los dependientes.
En los daños causados con las cosas (lo son los medios de transporte) el dueño o guardián, [...]

8
Feb

Prescripción ordinaria

Publicado por Hilda el 8 de Febrero de 2010 a las 08:14 am

La prescripción ordinaria es aquel plazo de prescripción que rige de manera general (aunque sujeto a excepciones) para que termine la posibilidad de ejercer una acción jurídica (prescripción extintiva) o nazca un derecho (prescripción adquisitiva o usucapión).
En el Derecho Romano por la Ley de las XII Tablas la usucapión de cosas muebles operaba al cabo [...]

5
Feb

Plazos de prescripción

Publicado por Hilda el 5 de Febrero de 2010 a las 06:19 pm

La prescripción, como modo de extinción de acciones posee plazos para que se opere. Existe en el Derecho argentino un plazo general establecido por el art. 4023 del Código Civil que es el de 10 años, que también lo establece para la Acción de nulidad (salvo por error, dolo, violencia que prescribe a los dos [...]

5
Feb

Imposibilidad de pago

Publicado por Hilda el 5 de Febrero de 2010 a las 03:25 pm

El Código Civil argentino trata muy detalladamente el tema comprendiendo todos los casos de imposibilidad de pago en obligaciones de dar o de hacer. En cambio el Código Civil francés le dedica solo dos artículos al tema, refiriéndose que la obligación se extingue cuando sin culpa del deudor se pierde un cuerpo cierto y determinado. [...]

5
Feb

Compensación legal

Publicado por Hilda el 5 de Febrero de 2010 a las 11:11 am

La compensación en materia de obligaciones requiere que recíprocamente ambas partes de la elación sean acreedores y deudores, para que sus créditos y deudas puedan extinguirse hasta la coincidencia de la suma menor. Ejemplo Juan le debe a Pedro mil dólares, pero a su vez Pedro le debe a Juan quinientos dólares. Ambas deudas se [...]

5
Feb

Compensación judicial

Publicado por Hilda el 5 de Febrero de 2010 a las 07:47 am

Al hablar de la compensación, como medio de extinción de las obligaciones, que supone dos partes acreedores y deudoras recíprocas, vimos que podía ser de tres tipos: la típica, que es la impuesta por la ley en caso de obligaciones líquidas y exigibles; la voluntaria que se produce por el consentimiento de las partes, por [...]

4
Feb

Remisión de deuda

Publicado por Hilda el 4 de Febrero de 2010 a las 05:53 pm

Remitir una deuda es renunciar a una obligación por parte de quien tenía derecho a exigir su cobro (el acreedor). Ya fue aceptado desde las primeras épocas del Derecho Romano como modo de extinción de obligaciones por vía de excepción.
Al principio se requirió la conformidad del deudor, primero a través de contratos y luego pudiéndose [...]

4
Feb

Novación subjetiva

Publicado por Hilda el 4 de Febrero de 2010 a las 09:08 am

Cuando hablamos de la novación, dijimos que significa el cambio de una obligación que se extingue con todos sus accesorios, por otra que nace, a través del cambio en alguno de los elementos de la relación obligacional originaria. En el caso de la novación subjetiva, el cambio se produce en los sujetos, ya sea en [...]

3
Feb

Dación en pago

Publicado por Hilda el 3 de Febrero de 2010 a las 06:43 pm

La dación en pago consiste en recibir el acreedor, con su consentimiento, un objeto distinto como pago de la prestación debida, poniendo fin a la relación obligacional.
Se necesita que exista una obligación preexistente, pues de lo contrario sería una obligación sin causa, y podría repetirse el pago por indebido, pues se produciría un enriquecimiento del [...]

3
Feb

Pago indebido

Publicado por Hilda el 3 de Febrero de 2010 a las 10:16 am

Ya en el antiguo Derecho Romano procedía la “condictio indebiti” cuando por error de hecho o de derecho excusable se había pagado lo no debido, sin mala fe del receptor (en caso de mala fe debía intentarse la “condictio furtiva”) para obtener la repetición (devolución) de lo erróneamente pagado.
Se mencionaban como casos de pago indebido [...]

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